El Ministerio de Ciencia lanza las Ayudas Neotec 2020

El Gobierno ha publicado la Iniciativa Neotec 2020, destinada a apoyar la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica en España.

Con un presupuesto de 25 millones de euros, estas subvenciones son una nueva línea de financiación destinada a nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la línea de negocio se base en el desarrollo de nueva tecnología. Estas ayudas se incluyen en el régimen de ayudas a empresas jóvenes e innovadoras, previstas en el artículo 35 del Reglamento (CE) No 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías. DOUE L 214, de 9.08.2008).

Las características de las empresas solicitantes son las siguientes:

  1. Sólo se financiarán proyectos noveles presentados por empresas de tamaño o categoría “pequeña empresa”, por lo que no se financiarán por esta línea nuevas empresas participadas por otras, independientemente de su tamaño, en un porcentaje igual o superior al 25%.
  2. Con carácter general, la participación accionarial de los emprendedores o promotores de la empresa deberá superar el 50%.
  3. El CDTI financia un plan de empresa, no un sólo proyecto de I+D. Por tanto, se deben presentar todas las líneas de actividad que la empresa tenga previsto acometer en los 5 años contemplados. No obstante, los gastos asociados a las actividades de I+D deberán ser la mayor parte del presupuesto del proyecto presentado.
  4. Las empresas asumirán con fondos propios al menos el 30% del presupuesto-plan de empresa que presenten. Para ello, si es necesario, los socios se comprometerán a realizar las oportunas ampliaciones de capital con aportaciones dinerarias.
  5. De acuerdo con la normativa comunitaria, las empresas deberán aportar un certificado de un auditor externo que acredite que los gastos de I+D de la empresa superan el 15% del total de sus gastos de funcionamiento durante al menos uno de los tres años previos, o en el ejercicio fiscal en curso si es una empresa de nueva creación.
  6. No podrán beneficiarse de estas ayudas las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

La empresa que presente un proyecto a esta subvención deberá tener menos de 4 años de antigüedad en el momento de la solicitud. El estudio, la evaluación y la aprobación de la propuesta por parte de CDTI pueden realizarse superados los 4 años, pero la antigüedad de la empresa no podrá superar los seis años en el momento de la concesión.

La fecha límite de presentación de proyectos es el 1 de julio de 2019, a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.

Podéis encontrar más información aquí.

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